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Presidente Iván Duque, haciendo anuncios desde la Casa de Nariño.
Presidente Iván Duque, haciendo anuncios desde la Casa de Nariño.
AFP

El presidente Iván Duque anunció desde Villa del Rosario (Cúcuta), que firmó el decreto que implementa las curules de paz que serán ocupadas en el Congreso de la República por las víctimas de la violencia. 

El Decreto 1207, del 5 de octubre de 2021,  reglamenta la elección de los representantes a la Cámara por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para los periodos 2022-2026 y 2026-2030.

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"Anunció que se ha firmado el decreto a través del cual se reglamenta esas curules para las víctimas con todas las salvaguardas, con todas las protecciones, para que ellos puedan tener su presencia en el Congreso de Colombia y hacer valer sus derechos", expresó el mandatario. 

Entre las disposiciones contenidas en este Decreto,  se establecen de acuerdo con el Acto Legislativo 02 del 25 de agosto de 2021, que estas curules sean ocupadas por quienes fueron víctimas de la violencia y no por los victimarios. 

"Las víctimas que han sido flageladas y laceradas por la violencia merecen tener voz y voto en las deliberaciones del Congreso de Colombia y debemos garantizar, entre todos, que habilitarles las curules a ellos es para que sea genuinamente para las víctimas y no tener una sola rendija donde los victimarios pretendan ocuparla", enfatizó el presidente Duque. 

Las elecciones de los representantes que ocuparán las 16 curules de paz se realizarán el 13 de marzo de 2022, y según la norma, la respectiva curul se asignará al candidato de la lista con mayor cantidad de votos. Las listas deben elaborarse teniendo en cuenta el principio de equidad e igualdad de género.

De acuerdo con el Decreto 1207, los miembros de los grupos armados al margen de la ley que hayan suscrito un acuerdo de Paz con el Gobierno nacional y/o se hayan desmovilizado de manera individual en los últimos 20 años no podrán presentarse como candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz.

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El término de los 20 años es el comprendido entre el 1º de diciembre de 1996 y el 1° de diciembre de 2016.

"Esta prohibición aplica igualmente para aquellos miembros de grupos armados organizados al margen de la ley que se desmovilizaron a partir del 1° de diciembre de 2016, o que hayan reincidido en la comisión de delitos luego de haberse desmovilizado de manera individual y/o colectiva", advierte el Gobierno. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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