Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

El alcalde de Medellín, Daniel Quintero
Cortesía: Alcaldía de Medellín.

Aunque la oposición ha venido señalando que la procuradora Margarita Cabello no tenía la facultad de suspender al alcalde de Medellín, Daniel Quintero, por presunta participación en política a favor de Gustavo Petro, otros sectores en el Congreso afirman que el Ministerio Público sí podía tomar este tipo de decisión.

Algunos congresistas recordaron que la nueva Ley 2094 aprobada en el año 2021, la cual le hizo una reforma a esta entidad, mantuvo las funciones jurisdiccionales de la Procuraduría para que pudiera suspender o sancionar a funcionarios elegidos con voto popular.

“Se le atribuye a la Procuraduría General de la Nación funciones jurisdiccionales para la vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñas funciones públicas, inclusive los de elección popular y adelantar las investigaciones disciplinarias e imponer las sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad y las demás establecidas en la ley”, señala la norma que está vigente.

El representante César Lorduy, quien fue ponente de la iniciativa en el Congreso, aseguró que, “en el caso del alcalde de Medellín tenemos que decir que la Procuraduría, con base en las nuevas competencias jurisdiccionales que se le entregaron derivadas de la Constitución, tiene total competencia para haber establecido la medida que se le impuso.

Le puede interesar: Procuradora Cabello responde a críticas por suspensión del alcalde Daniel Quintero

“La Procuraduría sí es competente independiente del debate que todavía está abierto acerca de si se cumplió o no el mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, decisión que está en manos de la Corte Constitucional que está conociendo de esas facultades jurisdiccionales de la Procuraduría”, añadió.

No obstante, Lorduy aclaró que el alcalde Quintero tiene todo el derecho de presentar los recursos establecidos en la ley para apelar la decisión que lo suspende de sus funciones.

Entre tanto, la determinación contra el mandatario de Medellín sigue causando revuelto en varios sectores políticos. El Centro Democrático celebró la decisión y afirmó que los mandatarios locales no pueden aprovecharse de su posición para impulsar sus candidatos a la Presidencia.

El senador Miguel Uribe dijo: “celebro que la Procuraduría ponga en cintura a los alcaldes y funcionarios públicos que se extralimitan burlándose de la democracia para apoyar políticamente a sus candidatos a la Presidencia. Así como el alcalde de Medellín pretendía de manera sin vergüenza apoyar a otros funcionarios, de la misma manera lo hacen otros funcionarios sin importar la orilla ideológica”.

En contexto: Daniel Quintero fue suspendido por participación política

“Es importante reconocer que la democracia y la libertad se defienden cuando hay respeto a las instituciones, es por eso ahora más que nunca que tenemos que defenderlas”, sostuvo.

El candidato presidencial Federico Gutiérrez también se pronunció, pero fue muy prudente y prefirió no opinar a fondo del tema. “Yo respeto las decisiones de los entes de control y de la justicia y quien se debe pronunciar frente a eso son básicamente quienes reciben la suspensión”, aseguró Gutiérrez

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al fallar el caso del senador Gustavo Petro, determinó que ninguna autoridad administrativa puede destituir o inhabilitar a alcaldes, gobernadores y otros funcionarios elegidos popularmente, porque esta competencia solo la tiene un juez penal.

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.