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Boyacá, Paisaje Agricultura Familiar
Foto suministrada al Sistema Integrado Digital

El Congreso de la República aprobó en primer debate el proyecto de Ley de Alivios Financieros para pequeños y medianos productores del campo, que busca adoptar medidas para aliviar las obligaciones crediticias de los empresarios agropecuarios, que se han visto afectados por fenómenos fitosanitarios, zoosanitarios, biológicos, caída severa de ingresos y afectaciones climáticas. 

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El proyecto permite acuerdos de recuperación y pago de cartera que estuvieran en mora antes del 30 de junio de 2020, para que los productores puedan cumplir con sus obligaciones financieras y mantener su operación. 

“Se busca autorizar la realización de acuerdos de pago a través del Banco Agrario o con otros bancos, con obligaciones financieras cubiertas con garantía Fondo Agropecuario de Garantías (FAG), con esta medida, se pueden beneficiar cerca de 140.000 deudores”, señaló el ministro de Agricultura, Rodolfo Zea. 

La segunda apuesta del proyecto de Ley es facultar a la Junta Directiva del Fondo de Solidaridad Agropecuario (Fonsa),  para aplicar descuentos al valor total de la deuda, beneficiando con esta medida a más de 56 mil deudores del campo colombiano. 

En tercer lugar, el proyecto permite a la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario determinar las condiciones del pequeño productor para categorizarlos por cadena productiva,  permitiendo así el acceso a los beneficios para dicho grupo. 

“Conocemos la situación de muchos pequeños y medianos productores, por eso presentamos este Proyecto que pretende ayudarle a cientos de miles de campesinos, para que normalicen su situación con los bancos y vuelvan a ser sujetos de crédito”, explicó el alto funcionario. 

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En el proyecto de ley se incluyeron dos nuevos artículos que tienen que ver con otorgar alivios a usuarios del servicio público de adecuación de tierras, autorizando así a la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) para otorgar la condonación parcial del capital de la tasa actualmente exigible y la condonación total de los intereses moratorios.  

Fuente

Sistema Integrado de Información

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