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Atención de pacientes en el sistema de salud
Atención de pacientes en el sistema de salud.
AFP

Por 90 votos a favor y 19 en contra, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en cuarto debate un proyecto de ley que pretende mejorar la gestión del aseguramiento en salud. La iniciativa, deberá ser conciliada por las dos cámaras legislativas y, posteriormente, pasaría a sanción presidencial.

El proyecto, que es de autoría de los senadores Álvaro Uribe y Honorio Henríquez, del Centro Democrático, propone que el Ministerio de Salud cree un portal de registro electrónico, en el cual se deberán reportar los intercambios comerciales de prestación de servicios. La información contenida en dicha plataforma será de acceso público.

“Lo más importante en el proyecto es que se exige que todos los contratos que se realicen con recursos del sistema de salud tengan que ser publicados en un portal de Internet. Entonces si alguien compró un equipo de rayos x en Alemania y le costó 100 pesos, los colombianos sabrán cuánto costó y a quién se lo compró.  Los contratos de medicamentos, los contratos de procedimientos.  Es un proyecto que apunta a la transparencia en el sistema”, manifestó el senador Uribe.

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De acuerdo con el proyecto, el diseño e implementación del sistema estará a cargo del Ministerio de Salud con el apoyo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, quien deberá garantizar la conexión de todos los agentes del sector, según sus competencias.

Por su parte el ponente, el representante por Bogotá Carlos Acosta, del partido Colombia Justa Libres, manifestó que “todas transacciones que se hagan en el sector salud van a tener que estar reportadas en un sistema de información, es decir, los colombianos vamos a saber qué pasa con los recursos públicos”.

Entretanto, la Superintendencia de Sociedades, será la encargada de ejercer inspección, vigilancia y control sobre las sociedades del sector salud y empresas unipersonales, que operen en el sector. Función que  será reglamentada por el Ministerio de Salud en un año contado a partir de la entrada en vigencia de la ley.

Por su parte, la  Superintendencia de Industria y Comercio impondrá multas cuando se “infrinjan las disposiciones de prácticas comerciales restrictivas a la competencia y competencia desleal, fusiones y obtención de control de empresas en el mercado de la salud y el abuso de posición dominante”.

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El proyecto también permite que, los Departamentos, en coordinación con los municipios de su jurisdicción y los Distritos, puedan “reorganizar la oferta pública de prestación de servicios de salud, mediante los mecanismos de fusión o liquidación de las Empresas Sociales del Estado del respectivo Departamento, Distrito y Municipio, para lo cual tendrá en cuenta la oferta de servicios pública privada y mixta que exista en la región”.

Otro de los elementos que contempla la iniciativa es la obligación de la factura electrónica en este sector.

“Todos los prestadores de servicios de salud están obligados a generar factura electrónica para el cobro de los servicios y tecnologías en salud. Y deberán presentarla, al mismo tiempo ante la  DIAN  y la entidad responsable de pago con sus soportes en el plazo establecido en la ley, contado a partir de la fecha de la prestación del servicio, de la entrega de la tecnología en salud o del egreso del paciente, finalizado dicho plazo,  prescribirá el  derecho en los términos de ley”, señala el texto.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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