Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Senado de la República
Recinto de la plenaria del Senado de la República.
Foto: Cortesía Senado

Una de las medidas adoptadas por el Congreso de la República para contrarrestar la pandemia de coronavirus que afecta al país, está relacionada con la suspensión de las sesiones ordinarias, cuyo inicio estaba previsto para esta semana.

Ante esto, el presidente del Senado, Lidio García, ordenó a la Dirección Administrativa y a la Secretaría General implementar una plataforma digital para que los congresistas puedan trabajar y legislar de forma virtual.

Consulte aquí: Sesiones virtuales, la salida del Congreso ante la pandemia

Esto ha generado dudas sobre si legalmente es que los parlamentarios puedan votar un proyecto o participar en un debate a través de herramientas tecnológicas.

El senador Armando Benedetti considera que la única manera de sesionar, es estando presente en los recintos de Senado y Cámara.

“¡Ay los creativos! Según la Constitución, el Congreso solo puede sesionar de manera presencial. Si sesiona de otra forma las leyes tramitadas no serían legítimas. Apoyo la decisión de @Lidiosenado. Los picos más altos serán en 2 semanas. ¿Donde está la responsabilidad?”, indicó.

Aunque como Benedetti algunos consideran que una votación virtual podría viciar una iniciativa, el secretario general del Senado, Gregorio Eljach, aclaró que no existe ni una sola norma que obligue a sesionar presencialmente en el Capitolio.

Se pueden hacer votaciones virtuales siempre y cuando se garanticen varios elementos: Que sea personalmente el congresista en ejercicio el que emita el voto, el que manifieste su voluntad inequívoca de que vota por el Sí o por el No, eso significa autenticidad del voto”, indicó.

Dijo además que dicho voto debe tener todas las formalidades, es decir, “que haya sido citado oportunamente, que se le haya informado en su momento, que esté conectado en el momento en que la sesión está activada para funcionar oficialmente y que esté presidida por la mesa directiva”.

El secretario general dijo que las sesiones virtuales tienen fundamento jurídico en dos normas que están vigentes: en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que autoriza diligencias judiciales con fuerza vinculante; y también en el Código General del Proceso que hace lo mismo a nivel jurisdiccional.

Le puede interesar: No habrá canal directo con Maduro para enfrentar coronavirus: Duque

“Esa es la consideración que tenemos en el equipo jurídico. Es posible, ya se viene haciendo en las empresas privadas, estatales, en organismos internacionales como la ONU, la OEA, ellos ya funcionan así. No es dable que en el mundo moderno tengamos que encontrarnos físicamente para poder tomar decisiones, cuando ya se ofrecen otras alternativas”, indicó.

Eljach dijo que el sistema con el cual trabaja el Congreso es anacrónico y el mundo exige una modernización del proceder en materia legislativa, sin que eso atente contra la Constitución Nacional.

Fuente

Sistema Integrado de Información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.