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AFP

El Congreso de Chile aprobó la ley 21.285 que modifica la ley general de telecomunicaciones respecto a la "funcionalidad del servicio de radiodifusión" y determinó que todos los equipos celulares que se vendan en el país, deben tener integrado y activo el chip para sincronizar emisoras de radio FM.

La decisión se tomó teniendo en cuenta que muchos móviles, desde fábrica, tiene la función desactivada y quienes quieren escuchar radio deben usar sus planes de datos. 

La ley indica que "los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones y quienes comercialicen equipos terminales móviles en el país deberán habilitar y mantener activa la funcionalidad de sintonización del servicio de radiodifusión de los equipos que la posean, cualquiera que sea el canal a través del cual sean comercializados". 

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Para los celulares que no tienen el chip integrado de radio, como es el caso de los de gama alta, serían eximidos en un principio de la ley, pero se pide claridad a los fabricantes y comercializadores para que los usuarios puedan tener la posibilidad de cambiar de equipos que sí tengan radio activa. 

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[AUDIO] Entrevista en Nocturna RCN sobre decisión de incluir un chip de radio en los celulares.

0:27 5:25

Según la prensa chilena, que cita a la Asociación de Radiodifusores de Chile (Archi) y a su presidente, Eduardo Martínez, “la ley indica que los fabricantes de los celulares tendrán que indicar qué aparatos celulares cuentan con chip de radio y cuales no".

"Aquellos usuarios que no tengan chip de radio en sus aparatos celulares y quisieran tenerlo, también la ley les va a indicar que las telefónicas den las facilidades para cambiar el aparato”, señala la Archi en el diario Cooperativa de Chile. 

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Pero en caso de que desde fábrica se pueda activar el chip de radio FM, en Chile debe venderse activada. El objetivo principal de la norma es que los chilenos no tengan que disponer de sus planes de datos para sintonizar emisoras FM, sobre todo, en un momento de emergencia que amerite acceso a la información gratuita y sin internet.

La ley señala en un principio que "en situaciones de emergencia resultantes de fenómenos de la naturaleza o fallas eléctricas generalizadas o en situaciones de catástrofe, los concesionarios, permisionarios o licenciatarios de telecomunicaciones, deberán transmitir sin costo, en la medida que sus sistemas técnicos así lo permitan y en que no se afecte la calidad de servicio definida en la normativa técnica bajo cuyo amparo se encuentran dichas concesiones, permisos o licencias, los mensajes de alerta que les encomienden el o los órganos a los que la ley otorgue esta facultad". 

En ese sentido, la modificación de ley para el chip de radio FM busca precisamente "permitir el ejercicio de las funciones gubernamentales de coordinación, prevención y solución de los efectos que puedan producirse en situaciones de emergencia". 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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