Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Funeral
Foto: Ingimage

Otro de los problemas que se han evidenciado en estos tiempos de pandemia, ha sido el de los rigurosos trámites que las personas deben realizar para cancelar las cuentas de los productos que tenían sus familiares fallecidos.  

En RCN Radio conocimos el caso de una familia, la cual, como muchas en el país, en medio del dolor debe lidiar con todos estos trámites.  

La experiencia de doña Martha Lucía Restrepo inició el pasado mes de septiembre cuando falleció su tía; su tarea desde entonces fue cancelar todas las cuentas que estaban a nombre de su familiar. 

Uno debe proceder a cancelar bancos y tarjetas de créditos, servicios públicos, servicios de internet, servicios de suscripciones por cable, suscripciones de tecnología, suscripciones a productos digitales, etc.”, comentó.  

Le puede interesar: Restaurante de Bogotá emplea a personas en condición de vulnerabilidad

Manifestó que realizar esta labor no le resultó fácil debido a los trámites solicitados por cada entidad, y las respuestas dadas para proceder a cancelar el producto.  

Es increíble que las respuestas de las organizaciones por garantizar la retención de clientes, obliguen a que la persona fallecida se presente, escriba o envíe desde su correo personal una comunicación explicando los motivos por los cuales debe cancelar los productos. Esto es imposible, la persona está fallecida, ¿por qué solicitan esto?”, precisó.  

La señora Martha Lucía relató que al solicitar a la empresa que prestaba el servicio de cámaras de seguridad y monitoreo al inmueble de su familiar, esta fue la respuesta que vía correo electrónico dio la empresa:  

“Para realizar cambios o actualización de datos en el sistema, esta petición debe ser enviada del correo personal o carta firmada por el titular quien es el único usuario autorizado para este tipo de petición”.  

Lea también: ¿Se está cumpliendo el enfoque de género en los acuerdos de paz?

La empresa que le prestaba el servicio de televisión satelital a la fallecida, sigue facturando, a pesar de la solicitud de cancelación.  

“Las organizaciones envían dos o tres meses después del fallecimiento de la persona, facturas cobrándote los productos que en su momento ya habían sido cancelados. ¿Por qué es así? ¿Por qué hay una inconsistencia?”, dijo.  

El banco donde tenía sus productos para la entrega de saldos, solicita trámites correspondientes a: Registro de nacimiento de la persona, de sus hijos, de sus hermanos, registro civil de matrimonio; o escritura pública, sentencia judicial o acta de conciliación, en donde se declare de la existencia de la unión marital y sociedad patrimonial; copia del juicio de sucesión o sentencia del juzgado; declaración extra juicio por parte de terceros, entre otros. 

La ruta burocrática tras sepultar al muerto es realmente el duelo más difícil”, afirmó la mujer.  

Expertos señalan que el problema en gran parte surge porque en Colombia en muchos casos no es una causal para la cancelación de los contratos que una persona haya fallecido.  

Audio

[AUDIO] El lío para cancelar las cuentas de familiares fallecidos

0:27 5:25
Fuente

RCN Radio

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.