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Violencia contra la mujer
El hecho se registró en el barrio El Pozón.
Foto: Archivo Colprensa

Tras un estudio de 10 casos de asesinatos de mujeres cometidos en el país, la estudiante de Maestría en Derecho de la Universidad Nacional, Viviana Benavídez Herrera, concluyó que la administración de justicia sigue usando el concepto de “ira e intenso dolor” para atenuar condenas a los culpables de homicidios a mujeres por celos.

Uno de los casos de estudio ocurrió cuando un hombre que le propinó a su pareja 13 heridas de gravedad y después la golpeó con una piedra en la cabeza hasta causarle la muerte fue condenado a 10 años y cinco meses de cárcel, condena que tuvo en cuenta, según la abogada investigadora, que había actuado bajo sentimientos de “ira e intenso dolor” derivados de actos de infidelidad de la mujer.

Dichas “gabelas” podrían aplicarse a casos de maltrato sistemático como el de Claudia (nombre variado para proteger la integridad de la víctima). Ha sido incluso apuñalada por su pareja debido a celos. En su caso la justicia no ha fallado y la laxitud podría poner en peligro su vida. 

“En la Fiscalía fueron casi 7 meses para llamarme a mí, entonces me parece absurdo, él lo tomó diciendo que no le va a pasar nada eso es lo que él siempre dice y pues hasta el sol de hoy es lo que ha pasado”, dijo.

La investigadora Benavídez advierte que en el código penal (artículo 57) aparece el concepto de “ira e intenso dolor”, como atenuante para reducir la condena del victimario solo si cumple los requisitos que dicta la Corte Suprema de Justicia: 1. que el sujeto se encuentre en un estado emocional de ira, o en su defecto de intenso dolor; 2 que cualquiera de los estados emocionales sea causado por un comportamiento ajeno grave e injustificado, y 3. que entre la ofensa y la muerte a la víctima exista un nexo que infiere que el victimario actuó por esos hechos en concreto.

No obstante, con el tiempo la Corte ha considerado que para aplicar el atenuante no se puede tratar de un acto derivado de celos obsesivos (extrema celotipia), ni que existan hechos de violencia continuada contra la mujer. 

La Corte Suprema de Justicia no ha decidido si el atenuante también se podría aplicar en los casos de feminicidio, que contempla hasta 50 años de cárcel, pero según la abogada, quien también es litigante, en los tribunales sí se mantiene la discusión cuando el abogado del victimario apela a esta justificación.

Considera la abogada que el atenuante tampoco se debe aplicar en casos de feminicidio “cuando una persona mata a otra amparado bajo un sentimiento de ira o de dolor, responde a un acto injustificado de manera repentina, en la que difícilmente podríamos decir que la causa es un acto de discriminación de género, como sí ocurre con los feminicidios”.

Aclara que si bien algunas mujeres matan por celos, las cifras demuestran que no lo hacen en la misma proporción que los hombres.

Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, entre 2006 y 2016 se presentó en Colombia un promedio de 123 homicidios de mujeres a manos de su pareja o expareja (feminicidios), en relación con 27 homicidios de hombres a manos de su pareja o expareja en el mismo periodo.

Según Medicina Legal, se presentan al  Colombia un promedio de 123 homicidios de mujeres a manos de su pareja o expareja

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