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Cerca de 80 mil colombianos están en riesgo de quedarse sin servicios de salud



La Nueva EPS lanzó una alerta a los miles de afiliados que pertenecen al SISBEN I y II, a quienes se les vencieron recientemente sus contratos laborales y están en riesgo de quedar sin atención en los servicios de salud, y les recordó que todavía está vigente el Decreto de Movilidad, con el cual pueden regresar sin ningún problema al régimen subsidiado.

De acuerdo con esta EPS, hasta el momento se ha detectado que 80 mil personas tienen derecho a estar en la atención en salud subsidiada y corren el riesgo de quedar sin este servicio por no salirse a tiempo del régimen contributivo, pese a que no cuentan con una vinculación laboral.

“El Decreto de Movilidad permite que las personas en condiciones socioeconómicas más complejas, y que pierden el trabajo o que logran ubicarse de manera temporal, continúen con el aseguramiento en salud sin cambiar de EPS y sin perder los beneficios de estar incluido en los dos niveles I y II del SISBEN”, dijo José Cardona, presidente de Nueva EPS. (Lea también: Al menos 50 EPS en el país están bajo alguna medida especial de la SuperSalud)

NUEVA EPS recordó que la movilidad o transferencia entre regímenes de salud no tiene costo alguno y con esto los afiliados no pierden la capacidad de cotizar a salud, y mediante el Decreto de Movilidad continuarán  con el acceso a los servicios de salud, asegurando los procesos médicos que ya habían iniciado.

“Esta es una invitación para que los afiliados en condiciones económicas complejas, tengan en cuenta su bienestar y el de sus familias. Ante las herramientas que actualmente existen, es imposible que una persona en el país esté sin asegurar su salud”, puntualizó el presidente de la Compañía.

Aquellas personas que no estén en los niveles I y II del Sisbén y que queden sin trabajo, también tienen opciones para seguir vinculados al sistema, ya sea como independientes, recibir (hasta por seis meses) la protección al cesante de parte de las cajas de Compensación Familiar o ser incluido como beneficiario, por alguien hasta en cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.