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Referencial Agencia Anadolu

El Superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal, confirmó que fue radicado ante el Senado el proyecto de ley que le da ‘dientes’ a esa entidad para actuar de una manera más severa frente a EPS, IPS y otros prestadores del servicio que estén incumpliendo con sus deberes. 

El proyecto, según el funcionario, tiene cuatro alcances importantes que están enfocados al fortalecimiento de la capacidad sancionatoria de la Supersalud.  

“Esto incluye la adopción de un catálogo de sanciones más amplio en el que se contempla, además de las ya existentes, las multas sucesivas, la suspensión del certificado de autorización, cierre temporal o definitivo de uno o varios servicios y la remoción del cargo a los representantes legales, revisores fiscales y gerentes de EPS o de las demás entidades vigiladas, si se comprueba que autorizó, ejecutó o toleró conductas violatorias de las normas del Sistema General de Salud”, afirmó Fabio Aristizábal. 

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El Supersalud agregó que “como consecuencia directa de la sanción de remoción del cargo se establecerá una inhabilidad por 15 años para ocupar cargos en entidades o instituciones públicas y privadas del Sistema General de Seguridad Social en Salud”.  

Aristizábal dijo que esta disposición representa toda una novedad frente a los infractores al sistema que con la normatividad vigente ejercen una actividad de “puerta giratoria pasando de un cargo a otro en el sistema y de lo público a lo privado, sin que se generen consecuencias por su actuar doloso y dañino frente a las entidades de salud de las que hacen parte”.  

 

Multas económicas

 

El documento define unas sanciones vigentes y endurece las multas que ahora pasan de un máximo de 2.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLV), a 8.000 SMLMV para personas jurídicas y hasta de 1.000 SMLV para personas naturales.  

Además, establece también multas sucesivas hasta de 3.000 SMLMV para personas jurídicas y de hasta 300 SMLMV a personas naturales, a quienes incumplan órdenes de contenido no pecuniario, emitidas en el marco de una sanción administrativa.  

“En términos generales, este proyecto busca mejorar las capacidades sancionatorias de la Supersalud para que nuestras decisiones y acciones garanticen la adecuada y oportuna prestación de los servicios en salud a todos los usuarios”, manifestó el superintendente Aristizábal. 

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En el proyecto también se propone la ampliación del término de la caducidad de la facultad sancionatoria de 3 a 5 años, teniendo en cuenta que los 3 años contemplados actualmente son insuficientes para resolver las etapas de inspección, vigilancia y control, en atención a la dificultad de los temas que se manejan y el alto volumen de procesos. 

Así mismo, se plantea el aumento del término para decidir los recursos de vía gubernativa (reposición y apelación) de 1 a 2 años, e incorpora el silencio administrativo negativo (esto significa una respuesta negativa a lo solicitado), a efectos de garantizar la efectividad y eficiencia de las decisiones sancionatorias que emite la entidad y la protección de los derechos de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud.  

El proyecto, que iniciará su curso en el Congreso, establece nuevas conductas para sancionar a quienes no reporten información con calidad, cobertura, oportunidad, pertinencia, fluidez y transparencia o que obstruyan las funciones de inspección, vigilancia y control de la Supersalud. 

También serán sancionados quienes impidan o no autoricen el acceso a sus archivos e instalaciones, incumplan los compromisos obligatorios de pago producto de las mesas de saneamiento de cartera, acuerdos conciliatorios y cualquier otro acuerdo de pago y no brinden un diagnóstico oportuno. 

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Juez para asuntos de salud 

 

También se buscará consolidar al Juez de la Superintendencia como juez técnico de la salud, permitiéndole a la entidad emitir sentencias en tiempo y de manera eficiente sobre aquellos asuntos en los que se involucra directamente la salud de los usuarios.  

Según el superintendente Aristizábal, en la actualidad solo dos de los asuntos jurisdiccionales que debe atender la entidad involucran directamente la salud del usuario. 

Agregó que "de esta manera, el proyecto contempla que se decidan en 20 días las demandas que tienen que ver con negación de cobertura del POS, conflictos de multiafiliación, conflictos de libre elección y movilidad y prestaciones excluidas del POS".

El proyecto establece que "el Gobierno Nacional pueda fijar los límites a los procesos de reorganización para garantizar un correcto flujo de recursos y el pago de acreencias, con el objetivo de que no se diluyan las responsabilidades adquiridas por la entidad solicitante, especialmente, cuando se encuentran en medida especial”. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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