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Eutanasia
Para la Corte, la muerte digna va y debe incluir posibilidad de desconexión a enfermos terminales en estado de inconsciencia
Ingimage (referencia)

Un fallo de la Corte Constitucional ordenó al Gobierno modificar la resolución 1216 de 2015 sobre la eutanasia para que personas en estado vegetativo también tengan el derecho a morir dignamente.

La Corte le da al Gobierno un plazo de cuatro meses para modificar dicha norma y permitir a los familiares de estas personas, solicitar la desconexión de su ser querido como una forma de aplicar la eutanasia, “si bien la resolución 1216 2015 fue un avance para la regulación del derecho fundamental a morir dignamente aún existe la necesidad de ajustarla”.

Para la Corte la muerte digna va y debe incluir posibilidad de desconexión a enfermos terminales en estado de inconsciencia. “Se previó el consentimiento sustituto el cual proceden los eventos en los que el paciente que sufre la enfermedad terminal se encuentran imposibilidad fáctica para manifestar su voluntad (… ) en estos eventos la familia podrá sustituir el consentimiento y se llevará a cabo el mismo procedimiento pero el comité interdisciplinario deberá ser más estricto en el cumplimiento de los requisitos”, señala el fallo de la Corte.

La orden del Alto Tribunal tiene origen en la tutela que interpuso una madre que pedía la aplicación de la eutanasia para su hija, luego de quedar en estado vegetativo tras una cirugía cuando era menor de edad porque sufría de epilepsia.

La madre de la niña narró que durante ocho años sufrieron “un verdadero calvario” debido a los múltiples padecimientos degenerativos de su hija que le impidieron tener una vida digna

La Corte argumentó que “ha formulado diversos exhortos al Congreso de la República para que expira la legislación correspondiente, pues hasta el momento no se cuenta con una de carácter integral y tal omisión contribuye a la vulneración de este derecho”.

Fuente

RCN Radio

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