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Incapacidad laboral
¿Quién asume el costo de la incapacidad laboral?
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La incapacidad es el estado de inhabilidad física o mental de un trabajador que no le permite desempeñar de forma temporal o permanente las labores o incluso, su profesión u oficio habitual. 

Es por eso que, muchos colombianos, no conocen el valor que deben recibir por las incapacidades laborales, quién las asume y la forma de pago de acuerdo a su diagnóstico, ya sea por problemas de salud que presente o algún accidente.

Sin embargo, es primordial que tenga en cuenta que en caso de incapacitarse, debe tener un soporte que justifique su ausencia.   

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¿Quién debe pagar las incapacidades a los empleadores?

Para el caso de enfermedad de origen común, este documento debe ser emitido por su EPS, entidad a la que el empleador deberá cobrarle las incapacidades, y este tiene que pagarlas al trabajador, según sea el diagnóstico. 

Si bien las empresas están obligadas a pagar el salario de su trabajador incapacitado, el empleador deberá liquidar y pagar la incapacidad conforme lo reconozca el sistema de seguridad social.

Además, debe conocer que existen dos tipos de incapacidades, las de origen común y las de origen laboral. La liquidación dependerá de cada una. 

¿Qué es una incapacidad de origen común?

Estas se presentan cuando el trabajador tiene alguna enfermedad o accidente por fuera de la actividad laboral que normalmente ejerce.

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¿Qué es una incapacidad de origen laboral?

Se presentan dentro de la empresa, por lo que las debe pagar la ARL desde el desde el siguiente día de ocurrido el accidente y hasta que ésta se cumpla por requerimiento médico.

Para el pago de las incapacidades laborales se tiene como referencia el salario sobre el pago de las cotizaciones a seguridad social que el empleador utilizó o el Ingreso Base de Liquidación (IBL).

De esta manera, las incapacidades de origen laboral se liquidan y pagan con el 100% del ingreso base de cotización.

Asimismo, el pago de las incapacidades dependerá de lo que dure ausente la persona

1 a 2 días de incapacidad: las paga el empleador.

3 a 180 días de incapacidad: las paga la EPS.

181 a 540 días de incapacidad: las paga el Fondo de Pensiones.

541 días de incapacidad en adelante: las paga entre la EPS y el Fondo de Pensiones.
 

¿Cuál es el porcentaje de liquidación de las incapacidades de origen común?

Por su parte, para el caso del pago de liquidación de las incapacidades por origen común, esta se calcula de acuerdo al salario mensual del trabajador.

De 1 a 2 días de incapacidad equivale al 66.66% del salario.

De 3 a 90 días de incapacidad equivale al 66.66% del salario.

De 91 a 540 días de incapacidad equivale al 50% del salario

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¿Si no estoy afiliado a seguridad social, quién paga las incapacidades?

Si el empleador no afilió al trabajador al sistema de seguridad social, igual deberá pagar la incapacidad al trabajador de acuerdo a lo explicado, pero la EPS o ARL no le hará ningún pago, por lo que deberá costear el salario con recursos propios de la empresa.

¿Cuánto es el plazo que tiene la EPS para pagar las incapacidades laborales?

La EPS cuenta con hasta 20 días hábiles de plazo para pagar las incapacidades laborales. 
 

Fuente

Sistema Integrado Digital

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