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Referencia Eutanasia
Imagen referencia eutanasia de AFP

Las Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, se declaró a la expectativa de que el Ministerio de Salud, reglamente el ‘Suicidio medicamente asistido’ en el país, tras el fallo de la Corte Constitucional en virtud de la Sentencia C-164 de 2022.

La presidenta de la entidad, Dora Bernal, afirmó que se ponen a disposición del Gobierno Nacional para participar en las reuniones o socializaciones que se realicen a nivel nacional con varios expertos del tema.

“En hora de salvaguardar la seguridad del paciente, el ejercicio efectivo del derecho de quien de manera autónoma decida ejercerlo y la protección del ejercicio profesional de la medicina, estaremos atentos y prestos a colaborar en la elaboración de la reglamentación y la estructuración de protocolos y rutas asistenciales necesarias para garantizar el derecho que a quien se intenta proteger”, indicó.

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Advirtió que la decisión de la Corte Constitucional con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, no retira la norma del ordenamiento jurídico (inexequibilidad).

“Este fallo la declara exequible de manera condicionada, y aclara que no se incurre en la conducta denominada “ayuda al suicidio” quien siendo profesional de la medicina y ante una decisión en la que medie un consentimiento previo o posterior al diagnóstico clínico de un paciente que padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico, que proveniente de una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable; ayude a este paciente a suicidarse o causarse la muerte por propia mano”, indicó.

Sostuvo que se puede observar que existen tres condiciones muy específicas para que el médico que realice el procedimiento no incurra en delito.

“De lo contrario y de llegar a faltar cualquiera de estas condiciones nos encontramos frente a la comisión de la conducta y esta es sancionable penalmente”, resaltó.

Sostuvo que "es importante tener en cuenta que esta conducta se diferencia del homicidio por piedad (eutanasia), por cuanto en este último quien ejecuta la acción (homicidio) es el profesional de la medicina”, explicó.

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Apuntó que "en el caso del suicidio medicamente asistido, el médico realiza acciones positivas para “ayudar”, valga la redundancia, a quien va a suicidarse sin que él llegue a realizar la acción efectiva".

“Claramente la Corte como ha venido haciéndolo desde hace ya varios años, presenta una postura en  pro defensa de la autonomía de la voluntad de las personas y así como lo hiciera con la sentencia de la eutanasia, protegiendo el derecho a la muerte digna de las personas”, recalcó.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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